¿Cuándo puede un propietario romper un candado para ingresar a una unidad en California?
Aunque su alquiler pertenece al propietario, usted tiene muchos de los mismos derechos que tienen los propietarios. Eso incluye el derecho a no ser molestado, ni siquiera por su propietario. En la mayoría de las circunstancias, el propietario no solo no tiene derecho a romper, sino que no tiene derecho a ingresar sin permiso.
Derecho de privacidad
Su arrendador puede ingresar en cualquier momento si usted dice que está bien, pero usted es libre de decir que no. Mientras viva allí, tiene derecho a ingresar en caso de emergencia, a realizar reparaciones o a verificar si su cama de agua, si tiene una, está en buenas condiciones. Ella también puede entrar si muestra la unidad de alquiler. Nunca es aceptable que ingrese sin permiso solo para mirar a su alrededor, independientemente de si está allí en ese momento.
Requisitos de entrada
Incluso en los casos en que el propietario tiene derecho a ingresar, no es ilimitado. Tiene que darle un aviso por escrito con 24 horas de anticipación, y la entrada programada tiene que ser durante el horario comercial, generalmente de 8 a.m. a 5 p.m., de lunes a viernes. Llamar a su puerta después de la medianoche para preguntar si puede entrar no está cumpliendo con la ley, incluso podría considerarse acoso. Las emergencias son una excepción. Si hay un incendio o una tubería reventada en su unidad, puede irrumpir de inmediato para encargarse de ella, incluso si tiene que romper la cerradura.
El bloqueo roto
Si por alguna razón el propietario rompe el candado o derriba la puerta, es su responsabilidad arreglarlo. Todos los alquileres de California deben cumplir con un estándar mínimo de habitabilidad, y uno de los estándares estatales es la seguridad. Se supone que cada unidad de alquiler tiene un cerrojo de cerrojo en la puerta. Incluso si el contrato dice que usted es responsable de todas las reparaciones, eso no anula las leyes estatales ni cancela el deber del propietario.
Bad Landlords
Si el propietario insiste en ingresar a la unidad a pesar de la ley, o si se niega a reparar la cerradura rota, envíele una carta explicando sus preocupaciones. Si no obtiene respuesta, tendrá que tomar medidas más drásticas. Puede hablar con un abogado o un archivo en una corte de reclamos menores, que no requiere un abogado. También puede pagar para reparar el candado y luego deducir el monto del alquiler. Debe seguir exactamente el procedimiento estatal para "reparar y deducir" para que esto funcione.
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