Elementos de desalojo constructivo
Un inquilino desalojado de forma constructiva tiene derecho a emprender acciones legales contra el propietario. El desalojo constructivo es el término legal utilizado para describir el traslado forzado de un inquilino de una unidad de alquiler que el propietario dejó inhabitable. Un inquilino debe probar que los elementos de un desalojo constructivo están presentes en la corte para reclamar daños y perjuicios al propietario.
Acciones del propietario
Un elemento básico del desalojo constructivo es la falla del propietario para remediar una situación bajo su control que está volviendo inhabitable la unidad de alquiler. Las situaciones que crean condiciones de vida infrahumanas incluyen la falta de servicios básicos, como agua y calor, según la American Bar Association. Un propietario que no repara ni reemplaza un equipo de calefacción o agua defectuoso puede ser culpable de tácticas constructivas de desalojo. Los inquilinos tienen el derecho legal de "disfrutar en silencio" de la unidad durante el período de alquiler, por lo que cualquier acción del propietario diseñada para interferir con el uso del inquilino de la unidad de alquiler se considera como parte de un desalojo constructivo. El hostigamiento del inquilino o la comisión constante de infracciones menores del arrendamiento, como que el propietario ingrese a la unidad sin previo aviso y una razón válida, pueden considerarse intentos de desalojo constructivo del inquilino.
Unidad de alquiler inhabitable
La falla del propietario para actuar o las acciones negativas del propietario deben volver inhabitable la unidad para calificar como parte del desalojo constructivo. El inquilino por lo general tiene que demostrar que la unidad de alquiler no fue habitable por el propietario y no por un tercero. Algunos tribunales han sostenido que la falta de un propietario para eliminar a un inquilino ofensivo que está molestando a otro inquilino, obligando a ese inquilino a mudarse, es motivo de desalojo constructivo, según la Biblioteca de Derecho de los Pueblos de Maryland.
Abandono del inquilinato de la unidad
El tercer elemento del desalojo constructivo es el abandono de la unidad por parte del inquilino después de que ha transcurrido un tiempo razonable. El inquilino debe notificar al propietario de las condiciones por las que la unidad no puede vivir por escrito antes de mudarse, pero la mayoría de los estados no tienen un período de espera requerido antes de que el inquilino pueda irse, según la American Bar Association. Un inquilino que ha sido desalojado de manera constructiva puede demandar al propietario para que se le libere de las obligaciones de alquiler de un arrendamiento y recupere los gastos de mudanza u otros daños relacionados con la causa del desalojo.
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