Desalojo de inquilinos en California
Alquilar un departamento con compañeros de habitación suele ser una necesidad económica. A pesar de una planificación cuidadosa, es posible que uno o más de sus compañeros de habitación sea insoportable para vivir o no pague su parte del alquiler y otros gastos. Si tu compañero de cuarto también es tu co-inquilino, desalojarlo no es una opción. La ley de California no permite que un co-inquilino desaloje a otro. Sin embargo, el propietario puede desalojarlos si las acciones o la inacción de su compañero de habitación infringen el contrato de arrendamiento.
Excluyendo un co-inquilino de la unidad
Si su compañero de cuarto y usted firmaron el contrato de arrendamiento con su arrendador, usted es cohabitante con el mismo derecho a residir y disfrutar el uso de la unidad de alquiler. Ninguno de ustedes puede desalojar al otro, independientemente de la razón. Tomar medidas para excluir a un co-inquilino, como cambiar las cerraduras o quitar su propiedad, es una conducta ilegal según la ley de California y usted puede ser responsable ante su co-inquilino por daños civiles. Sin embargo, es posible que pueda excluir a su co-inquilino de la unidad en una situación de violencia doméstica. Si su co-inquilino ha causado o amenazado con causarle daño físico, puede obtener una orden de restricción de acoso civil. Esto no es un desalojo, pero tendrá el mismo efecto que un desalojo al excluir a su co-arrendatario de la unidad por orden judicial.
Propietarios que desalojan a los arrendatarios
Todos los co-inquilinos son conjuntamente responsables ante el arrendador por el arrendamiento, como el pago del alquiler y la reparación de cualquier daño causado a la unidad. Por ejemplo, incluso si su co-inquilino no paga su parte del alquiler, usted es responsable ante el propietario por el monto total. Si su co-inquilino daña la unidad, el propietario puede cobrarle por el costo total de la reparación. Además, la ley de California permite que un propietario desaloje a todos los co-inquilinos debido a las acciones negativas de un co-inquilino que infringe el contrato de arrendamiento. Después del desalojo, el propietario puede optar por arrendarle nuevamente la unidad, pero no está obligado a hacerlo.
Co-inquilino desalojando sub-inquilino
Si su compañero de cuarto no está en el contrato de arrendamiento y le paga su parte del alquiler, su compañero de cuarto es su sub-inquilino y no un co-inquilino. Sus derechos y responsabilidades son similares a sus derechos y responsabilidades para con su propietario. Si su sub-inquilino infringe su contrato de arrendamiento, puede desalojarlo sin que el propietario participe. Al igual que cualquier propietario, debe cumplir con la ley de California y obtener una orden judicial para el desalojo.
Derechos de subcompañía en San Francisco
Aunque la ley del estado de California generalmente gobierna los derechos del propietario-inquilino, algunos municipios tienen reglas y ordenanzas locales que otorgan a los inquilinos mayores derechos que en virtud de la ley estatal. San Francisco es uno de estos municipios locales. Bajo la ley estatal, un propietario puede desalojar a un inquilino de mes a mes al notificar con 30 días de anticipación que el contrato de alquiler se está terminando; no es necesario ningún motivo. En San Francisco, los propietarios tienen prohibido hacerlo y deben tener una causa justa para rescindir un alquiler. Si está subarriendando su unidad en San Francisco, las reglas de causa justa se aplican a usted como inquilino principal, a menos que notifique por escrito a su subarrendatario antes de que comience la subtenancia que su subarrendamiento no está protegido por las reglas de causa justa. . Esta regla local se aplica a los sub-arrendamientos que comienzan después del 25 de mayo de 1998.
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