Información sobre bancarrota en California: ¿cómo puedo conservar mi casa?
Declararse en bancarrota es difícil. Los propietarios que enfrentan esta decisión se preocupan por perder sus hogares. Sin embargo, si está abrumado por la deuda, la bancarrota le brinda la oportunidad de limpiar la pizarra y empezar de nuevo. Mientras esté al día con los pagos de su hipoteca y no con la ejecución hipotecaria, es probable que en California conserve su hogar. Debe continuar haciendo sus pagos mensuales de la hipoteca para evitar que su prestamista presente una ejecución hipotecaria.
Presentación de bancarrota
En virtud de una bancarrota del Capítulo 7, el administrador de bancarrota puede vender su casa para pagar a sus acreedores. Si tiene poco o ningún capital en su casa, no tiene que preocuparse. La Exención Homestead de California protege la equidad de su casa hasta cierto punto. En algunos casos, sin embargo, el capital de su casa es más que la exención y puede desencadenar una venta. En este caso, puede solicitar una bancarrota del Capítulo 13 que le permita elaborar un plan de pago ordenado por el tribunal con sus acreedores y aún conservar su casa.
Equidad
La equidad es la diferencia entre lo que debe y lo que vale su casa. Para calcular la equidad en su hogar, reste la hipoteca pendiente del valor justo de mercado de la casa. Por ejemplo, si su casa tiene un valor justo de mercado de $ 500,000 y usted debe $ 425,000, el capital de su casa es de $ 75,000. Bajo este ejemplo, no tiene ninguna equidad no exenta y está protegida por la exención homestead según la ley de California. Si el valor acumulado de su vivienda excedió los límites permitidos de exención de vivienda, la porción no exenta puede desencadenar una venta y corre el riesgo de perder su hogar.
Exención de Homestead
Las exenciones de bancarrota federales no se aplican en California. Los residentes de California deben elegir entre los sistemas de exención del Sistema 1 o del Sistema 2. Los propietarios únicos de 64 años o menos pueden exonerar hasta $ 75,000 del capital de sus casas, mientras que las parejas casadas de 64 años o menos pueden eximir hasta $ 100,000 del capital de sus casas. Los propietarios solteros de 55 años o más con un ingreso bruto anual de menos de $ 15,000 o parejas casadas de 55 años o más con un ingreso bruto anual de menos de $ 20,000 pueden exonerar hasta $ 175,000 del capital de sus casas. Las personas mayores de 65 años o discapacitadas pueden exonerar hasta $ 175,000 del capital de sus casas. El sistema de exención del Sistema 2 se aplica solo a la quiebra y limita su exención a $ 25,075.
Alternativas
Si se ha retrasado en los pagos de su hipoteca pero aún desea conservar su casa, organice una reunión con su prestamista hipotecario para renegociar los términos del préstamo. Su prestamista puede aceptar una modificación de préstamo o refinanciamiento. Asegúrese de hacer esto antes de declararse en bancarrota y de que todo esté completo. También puede solicitar una bancarrota del Capítulo 13, que no solo le permite establecer un plan de pago, sino también puede reducir su deuda hipotecaria. Según la ley de California, una bancarrota del Capítulo 13 también le permite conservar su casa.
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