Estatuto de limitaciones en violaciones de actos de vivienda justa
La Ley de Empleo y Vivienda Equitativa de California prohíbe varios tipos de discriminación en el alquiler de viviendas residenciales. Extendido por interpretación judicial, la lista de clases protegidas es exhaustiva. Esto significa que el propietario no puede negarse a alquilar una vivienda según la raza, color, religión, sexo, orientación sexual, ascendencia, discapacidad, estado familiar, origen nacional o fuente de ingresos del solicitante. Las personas agraviadas tienen un año desde la fecha del evento discriminatorio para presentar un reclamo.
Descripción de la Ley de Vivienda Justa
Tanto la Ley federal de Derechos Civiles de 1968, conocida como la Ley de Equidad de Vivienda, y la Ley de Empleo y Vivienda Equitativa de California prohíben a los propietarios negar el alojamiento a los inquilinos simplemente porque el inquilino es miembro de una clase protegida. El lenguaje de los estatutos se interpreta ampliamente, de modo que la discriminación arbitraria basada en los rasgos, las características o las creencias personales de una persona podría violar la legislación, si esas características son similares a las categorías enumeradas.
Actividades prohibidas
Los propietarios no pueden discriminar, directa o indirectamente. Por lo tanto, no pueden preguntar sobre la raza, color, religión u otra característica protegida de un inquilino durante el proceso de solicitud. No pueden anunciar, o indicar una preferencia, para un tipo de inquilino que no es miembro de una clase protegida. No pueden negarse a alquilar en un terreno prohibido, hostigar o desalojar a un inquilino protegido o imponer rentas más altas o condiciones de arrendamiento menores a los inquilinos por cualquier motivo que pueda considerarse discriminatorio.
Hacer un reclamo
Un solicitante al que se le niega la vivienda de alquiler por razones discriminatorias puede presentar una demanda contra el propietario de la propiedad, el propietario, el agente administrativo, el agente de bienes raíces o cualquier otra persona que tenga derecho a alquilar la propiedad. Los inquilinos generalmente informan violaciones al Departamento de Empleo y Vivienda Justos (DFEH), aunque también pueden presentar una demanda privada. El estatuto de limitaciones aplicable es de un año. Las reclamaciones presentadas después de esa fecha no serán escuchadas.
Aplicación y Remedios
DFEH investiga las quejas de discriminación caso por caso e intenta resolver la disputa. Si descubre una violación a la Ley de Vivienda, el departamento emite una acusación, que convoca al propietario a una audiencia administrativa similar a un juicio. Posible aplicación incluye ordenar al infractor alquilar la vivienda al solicitante, un pago por daños y una multa civil de hasta $ 50,000. Los inquilinos que toman medidas privadas pueden acceder a diferentes recursos, dependiendo de cómo litigan su caso.
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