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Leyes de ejecución hipotecaria de California sobre desalojo

La ejecución hipotecaria es una solución de último momento tanto para los prestamistas como para los prestatarios porque es costoso y requiere mucho tiempo para ambas partes. El resultado final de una ejecución hipotecaria es el desalojo de los propietarios anteriores. Esto a menudo deja sin hogar a los propietarios y a los inquilinos de las propiedades ejecutadas. California ha aprobado leyes para regular los procedimientos de ejecución hipotecaria y proteger los derechos de los propietarios e inquilinos que sufren las consecuencias de una ejecución hipotecaria.

Cronología de desalojo

De acuerdo con la ley de California, los propietarios no pueden ser desalojados de sus hogares antes de que su casa sea vendida en una venta pública de ejecución hipotecaria. Una vez que se vende la casa, los propietarios anteriores tienen 30 días antes de que puedan comenzar los procedimientos de desalojo.

Ley de Prevención de Ejecución Hipotecaria de California

La Ley de Prevención de Ejecución Hipotecaria de California proporciona protección para los propietarios cuyas hipotecas se registraron entre enero de 2003 y enero de 2008. La Ley exige que los prestamistas creen un programa integral de modificación de préstamos para ayudar a los prestatarios a evitar la ejecución hipotecaria. Los prestamistas que no crean un programa adecuado de prevención de ejecuciones hipotecarias deben proporcionarles a estos propietarios 90 días adicionales antes de que puedan proceder con una Notificación de Venta de sus viviendas. El objetivo es dar a los prestamistas y prestatarios más tiempo para llegar a una solución negociada y evitar la ejecución hipotecaria y el desalojo.

La Ley de Protección de Inquilinos en Ejecución Hipotecaria

La Ley de protección a los inquilinos en ejecución hipotecaria brinda protección a los inquilinos cuyas viviendas se venden en ejecución hipotecaria. La Ley exige que los nuevos propietarios de la casa ejecutada den aviso a los inquilinos con 90 días de anticipación antes de que comiencen los procedimientos de desalojo. Los nuevos propietarios también deben respetar el contrato de arrendamiento entre los propietarios anteriores y los inquilinos. Hay dos excepciones a esta regla. Si el nuevo propietario va a vivir en la casa ejecutada como su hogar principal, o si el contrato de alquiler puede rescindirse a voluntad según la ley de California, el contrato no es vinculante. En cualquier caso, los inquilinos siempre deben recibir un aviso de 90 días antes de que pueda comenzar el desalojo.

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